El Área Marina Protegida Seaflower (AMP) es pionera en Colombia, fue la primera creada de este tipo en el país, y es la más grande de Colombia y del Caribe y la octava más extensa del mundo, protegiendo 65.000km2 y los servicios ambientales de más de 2.000km2 de manglares, pastos marinos y arrecifes coralinos, los cuales sostienen una amplia biodiversidad marina. Adicionalmente, el AMP contiene el arrecife coralino más grande y más productivo del Caribe, y el tercero más grande del mundo. Seaflower contiene ambientes coralinos raros y únicos, áreas remotas que demuestran alta integridad y poca influencia antrópica, y despliega hábitats continuos que soportan niveles significativos de diversidad biológica. Seaflower protege además a más de 197 especies en las Listas Rojas de IUCN, por lo cual es considerado lugar importante para la conservación de especies amenazadas y en peligro de extinción.
El AMP Seaflower posee tres secciones administrativas:
Sección Norte: incluye los bancos de Luna Verde, Quitasueño, Serrana, Roncador, abundantes elevaciones submarinas y aguas oceánicas y ocupa un área total de 37.522 km2 .
Sección Central: incluye la plataforma de las islas de Providencia y Santa Catalina, el banco de Julio y aguas oceánicas circundantes con un área total de 12.716 km2 .
Sección Sur: incluye la plataforma de la isla de San Andrés y los bancos East-South-East (Bolívar), SouthSouth-West (Alburquerque) y los bancos llamados Martínez y Far con un área total de 14.780 km2 .
Zonificación del AMP
En su interior, el AMP Seaflower estableció cinco diferentes tipos de zonas:
Preservación (No Entry), para las áreas de mayor restricción donde solo están permitidas las actividades de investigación y monitoreo de efectividad.
Conservación (No Take), para las áreas donde no están permitidas las actividades extractivas, pero se permiten los deportes náuticos de bajo impacto.
Protección de Recursos Hidrobiológicos (Artisanal fishing), para áreas exclusivas dedicadas a la pesca artesanal por pescadores tradicionales y otras actividades de educación y monitoreo.
Uso Especial (Special Use), para las áreas donde se desarrollan diversos tipos de usos y actividades: recreativas, canales de acceso a los puertos, deportes náuticos, regulados para reducir los impactos.
Uso General (General Use), para las áreas sin mayores restricciones donde se pueden desarrollar de manera controlada y sostenible actividades, toda vez estas mantengan la calidad de las aguas y la integridad de los ecosistemas.